Premios extraordinarios Educación Secundaria Obligatoria (ESO) Curso 2025/2026
Información
La Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Castilla-La Mancha convoca los Premios Extraordinarios de ESO con el objetivo de reconocer oficialmente los méritos del alumnado que ha cursado estas enseñanzas con una destacada trayectoria académica, basada en el esfuerzo, la dedicación y el trabajo constante.
Para el curso 2025/2026, se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, trece premios extraordinarios para toda la región.
Plazo para presentación de solicitudes: Del 19 al 25 junio de 2026, ambos inclusive.
Destinatarios: Alumnado que, habiendo cursado toda la etapa de Educación Secundaria Obligatoria en cualquiera de los centros docentes españoles, y habiendo finalizado estos estudios en el año académico a que se refiere la convocatoria en un centro docente de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, cumpla los siguientes requisitos:
Haber obtenido como calificación final de etapa una nota media igual o superior a 8,50 puntos. En los cursos con calificaciones cualitativas se aplicarán las siguientes correspondencias:
| INSUFICIENTE | 3 |
| SUFICIENTE | 5 |
| BIEN | 6 |
| NOTABLE | 7,50 |
| SOBRESALIENTE | 9 |
- Haber obtenido en 4º de ESO una calificación final de sobresaliente en las materias objeto de la prueba: Lengua Castellana y Literatura, Matemáticas (Matemáticas A o Matemáticas B) y Primera Lengua Extranjera.
Fecha de celebración de la prueba: 3 de septiembre de 2026.
Fechas y plazos
Convocatoria
Relación provisional de admisión
Relación provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas en la convocatoria de los Premios Extraordinarios de ESO en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, correspondientes al curso académico 2025-2026.
Plazo de reclamación: Del 10 al 23 de julio, ambos inclusive
Las reclamaciones se presentarán a través de los siguientes medios:
- Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha
- De forma presencial, mediante su presentación en el Registro General de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, o en los lugares a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si la reclamación es remitida por correo, se presentará en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por la oficina de Correos.