Prevención de Riesgos Laborales
Bloque de contenido
La política en materia de prevención y salud laboral en los centros docentes desarrollada por la Consejería de Educación y Ciencia tiene por objeto la promoción de la mejora de las condiciones de trabajodirigida a elevar el nivel de protección de la seguridad y la salud de los trabajadores en el centro de trabajo.
Para conseguir este objetivo, se están desarrollando actividades en materias tales como: la evaluación de riesgos de los puestos de trabajo en los centros docentes, la formación específica de los trabajadores, la vigilancia de la salud, a través de reconocimientos médicos periódicos, o la especial protección de los puestos de trabajo con mayor riesgo de accidente, como son los puestos de trabajo itinerantes.
Bloque de contenido
III Semana de la Seguridad y la Salud en los centros educativos de Castilla-La Mancha
Servicio de PRL ¿Quiénes somos?
El Servicio de Prevención de riesgos laborales de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, asociado a los centros educativos públicos no universitarios de Castilla- La Mancha, se encuentra formado por:
- Un Área técnica de prevención en los Servicios centrales de la Consejería y cinco Áreas técnicas de prevención provinciales que cubren las disciplinas preventivas de Seguridad laboral, Higiene industrial y Ergonomía y Psicosociología.
- Una Unidad de Salud laboral que desarrolla las funciones de vigilancia y promoción de la salud del personal docente.
En el fichero adjunto encontrará el directorio de contactos asociado al servicio.
Bloque de contenido
Bloque de contenido
Coordinador/a de prevención en centros educativos públicos no universitarios
Funciones del coordinador/a de prevención
La Orden 32/2023, de 14 de febrero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, tiene por objeto la modificación de la Orden de 31/08/2009 de la Consejería de Educación y Ciencia, que crea la Coordinación de Prevención de Riesgos Laborales en los centros educativos públicos no universitarios de Castilla-La Mancha.
Corresponde a la Coordinación de prevención colaborar en la gestión de las acciones que se promuevan en materia de prevención de riesgos laborales en el centro educativo y fomentar una cultura preventiva en el mismo.
Formación en prevención de riesgos laborales
La Junta de comunidades de Castilla-La Mancha, en su deber de protección, deberá garantizar que el personal trabajador a su servicio reciba una formación inicial, suficiente y adecuada, en materia preventiva.
Con el objetivo de dar cumplimiento a esta obligación, el Servicio de prevención de centros educativos públicos, en colaboración con el Centro Regional de Formación del Profesorado y la Escuela de la Administración Regional, han diseñado actividades formativas en materia de prevención de riesgos laborales para el personal trabajador de centros educativos públicos. Entre las que se encuentran las siguientes:
Bloque de contenido
- Nivel básico de Prevención de Riesgos laborales de 30 horas dirigido para el personal en prácticas, delegados/as de prevención y personal designado en la Coordinación de prevención del centro educativo.
- Formación de prevención de riesgos laborales en el sector docente de 10 horas de duración dirigido al personal funcionario interino, docentes de religión, profesionales expertos en el sector productivo de formación profesional y profesores especialistas (Escuela de Arte Dramático y Conservatorio Superior de Música).
Además de la formación realizada por el personal técnico de prevención en cada centro educativo, se convocan otras formaciones específicas en prevención de riesgos laborales a través de la plataforma del Centro Regional de Formación del Profesorado y de la Escuela de la Administración Regional de la JCCM. A continuación se adjuntan los enlaces a las plataformas donde pueden encontrarse las convocatorias específicas en materia preventiva abiertas dentro de cada curso escolar:
Para aclarar cualquier duda en relación con la oferta formativa, puedes contactar con el Área de prevención técnica de tu Delegación provincial de Educación, Cultura y Deportes de su provincia a través de los siguientes correos electrónicos:
- ALBACETE: prleduab@jccm.es
- CIUDAD REAL: prevencioncr@jccm.es
- CUENCA: prl.edu.cu@jccm.es
- GUADALAJARA: prl.edu.gu@jccm.es
- TOLEDO: prevencion.edu.to@jccm.es
Vigilancia de la salud del personal docente
Entre los principales objetivos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes en materia de Prevención de Riesgos Laborales, se encuentra la vigilancia inicial y periódica del estado de salud del personal trabajador, en función de los riesgos inherentes al puesto, tal y como establece el Art. 22 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales. Asimismo, el artículo 16 de la citada Ley, junto con los Art.8 y 9.2 del Real Decreto 39/1997, determinan la obligación del empleador, de integrar la vigilancia de la salud en la planificación de la actividad preventiva.
A tales efectos, y coincidiendo con el inicio del curso escolar 2025/2026, se llevará a cabo la vigilancia de la salud del personal docente que presta actividad en centros educativos públicos no universitarios de Castilla- La Mancha, independientemente de cuál sea su régimen de afiliación.
El plazo de inscripción en la nueva convocatoria de vigilancia de la salud se mantendrá abierto desde el 15 de septiembre al 19 de octubre de 2025.
Encontrará toda la información disponible en la documentación adjunta.
Importante: Concertada la cita del reconocimiento médico, si el personal citado no pudiera asistir, es importante que avise por correo electrónico (prevenciondocente@jccm.es) o por teléfono (925389174 y 925266568), con una antelación mínima de 48 horas, para poder citar en su lugar a otro/a docente. Si en caso de fuerza mayor no puede avisar en ese plazo, se requerirá justificación. La no asistencia a una cita supone la pérdida de un recurso sanitario no recuperable y se considerará que renuncia a la misma.
Ayudas y seguros para el personal docente itinerante
La Orden de 4 de julio de 2000 dicta las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el personal docente adscrito a puestos de trabajo itinerantes dependientes de la Consejería de Educación y Ciencia en compensación por daños materiales causados por accidentes de tráfico, modificada posteriormente por Orden de 15 de enero de 2004.
Beneficiarios de estas ayudas:
- Personal docente con puestos de trabajo clasificados como «itinerantes» en las plantillas de los Centros Educativos Públicos.
- Personal integrante de los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica.
- Inspectores de Educación.
- Con carácter general, personal adscrito a la Consejería de Educación que sufra un accidente en su vehículo particular como consecuencia de un desplazamiento habitual exigido por el desempeño del puesto de trabajo y mediante la oportuna orden de servicio.
Es requisito imprescindible que el accidente se haya producido dentro del trayecto de la itinerancia o, en su caso, del itinerario de la comisión de servicio.
* NOTA INFORMATIVA: Se recuerda que todos los funcionarios docentes itinerantes, acogidos a estas ayudas, deberán comunicar, mediante los Anexos A y B, los datos del vehículo utilizado en sus desplazamientos para acceder a las diversas prestaciones.
Plazo de presentación de solicitudes:
Se presentará la solicitud dentro de los 30 días naturales siguientes al siniestro.
Documentación a presentar:
- Impreso de la solicitud de ayuda cumplimentado. Anexo I
- Documentación específica, indicada en el propio Anexo:
- Acreditación de desplazamiento por razón de servicio.
- Factura (o presupuesto provisional) de la reparación.
- Acreditación de haber pasado la ITV (vehículos de más de 4 años).
- Testimonio o comparecencia ante la Guardia Civil o Policía, según el ámbito de competencia donde suceda el siniestro.
- Fotocopia de las garantías de la póliza del seguro en vigor.
- Parte de accidente presentado a la entidad aseguradora.
- Justificación (en su caso) de que el accidente se haya producido con un vehículo distinto al declarado.
Cuantía de las ayudas:
Se compensa hasta el 100% de la reparación con el límite máximo de 9.000 euros.
No están contempladas ayudas para sufragar los gastos derivados del uso, mantenimiento, así como cualquier avería o incidencia que no se derive del accidente de tráfico.
Asegurados
Serán asegurados los funcionarios docentes itinerantes, con ámbito de actuación o que comparten centros, a efectos del Acuerdo firmado con fecha 10 de junio de 2022.
Se entienden también incluidos en el seguro las personas que, en el futuro, dentro del periodo de duración del contrato de seguro, adquieran cualquiera de las condiciones anteriormente señaladas.
Objeto del Seguro
El ámbito temporal de cobertura corresponde a los accidentes que el Asegurado pueda sufrir durante el ejercicio de su profesión, oficio o trabajo habitual, incluyendo los accidentes que sufra el trabajador al ir o volver del lugar de trabajo, lo que se calificará como Accidente Laboral “in itinere".
Las garantías aseguradas son las siguientes:
- Fallecimiento por accidente
- Invalidez Permanente Parcial por accidente
- Invalidez Permanente Absoluta por accidente
- Gran Invalidez por Accidente
Coberturas Adicionales de Fallecimiento por Accidente
Gastos de Sepelio: el Asegurador reembolsará los gastos incurridos en el sepelio del Asegurado, con un límite de 3.000 euros, siempre y cuando:
- Se produzca el fallecimiento de un Asegurado.
- La causa del fallecimiento sea un Accidente cubierto en Póliza.
Los gastos sean justificados mediante factura emitida por la funeraria.